
14-Nov-2011, 00:50
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| Gatero | | Fecha de Ingreso: 29-August-2010
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Respuesta: Las playas de Mar del Plata Cita:
Iniciado por gustavogreg La semana pasada por razones de trabajo estuve por Mar del Plata, especialmente tuve que andar por distintas playas.
Resultó que al ir por Playa Chica (la playa gay), varios de los que estaban allí me contaron algo que los tiene indignados y ahora quería saber la opinión de ustedes.
Los muchachos que allí estaban se quejaban porque ahora que llega el verano, los móviles de los noticieros y las cámaras de los distintos programas de TV empiezan a yirar por las playas y cuando van por playa chica, se sienten tratados como bichos raros.
Me hablaron pestes de Charly, el gay que está los viernes en Bendita con Beto Casella, parece ser que una temporada fue con una cámara oculta y después la deschavó por televisión.
Ustedes que opinan ?? les importa que algún periodista se instale allí con una cámara.
Yo, que me estuve cuestionando el tema, pienso que toda nota debe ser acordada previamente y no caer "al toro" como se dice habitalmente.
Tampoco que un flaco te pregunte "che hay levante. Se coge por acá?? y que nunca te enteres que estás siendo grabado.
Espero opiniones. Gracias. | Detesto todo tipo de cámaras ocultas y similares con excepción de las que se puedan utilizar para desenmascarar delitos, u otros actos ilícitos como infracciones de tránsito.
Creo que toda utilización de una cámara oculta o no oculta en situaciones en las que se deba o pueda presumir que la o las personas involucradas no prestarían su consentimiento a ser grabadas, filmadas y/o fotografiadas es una violación al derecho de la intimidad que debería ser sancionada civil y penalmente, agravándose la sanción si se efectuare la difusión pública de lo grabado, filmado o fotografiado.
Es bien distinto filmar desde la distancia a un grupo de gente tomando sol en una playa pública a mostrar morbosamente lo que hacen en privado dos o más personas en un lugar público, siempre -insisto- que lo que hagan en privado estas supuestas personas no configure delito u otro tipo de acto ilícito.
En este sentido, no hay que olvidarse de que en el artículo 129 del Código Penal está tipificado el delito de exhibiciones obscenas en los siguientes términos: "Será reprimido con multa de mil a quince mil pesos el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros. "Si los afectados fueren menores de dieciocho años la pena será de prisión de seis meses a cuatro años. Lo mismo valdrá, con independencia de la voluntad del afectado, cuando se tratare de un menor de trece años." Es decir que legalmente no es lo mismo estar sentados en una playa tomando sol tomados inocentemente de la mano que estar garchando a la vista de cualquiera que pase. .
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